Abogados en Infracciones Urbanísticas
Durante nuestros 5 años de existencia hemos garantizado los derechos y el debido proceso de las personas naturales y personas jurídicas señaladas como presuntos contraventores o infractores urbanísticos.
Dentro de nuestra gestión legal hemos evitado la demolición de inmuebles construidos sin licencia urbanística o por fuera de la misma; también hemos logrado la revocatoria de millonarias multas, o su disminución, entre otros resultados que buscan garantizar el debido proceso y el cumplimiento de los derechos legales y constitucionales.
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Se entiende como infracción urbanística la construcción, ampliación, modificación, adecuación y demolición de edificaciones sin la respectiva licencia urbanística (o con licencia vencida) o en contravención a la ley. También se entiende como infracción urbanística la urbanización o parcelación con violación de las normas del ordenamiento territorial.
Se considera igualmente infracción urbanística, la localización de establecimientos comerciales, industriales, institucionales y de servicios en contravención a las normas de usos del suelo.
También se incurre en infracción urbanística con el encerramiento, la intervención o la ocupación temporal o permanente del espacio público con cualquier tipo de amoblamiento, instalaciones o construcciones, sin la respectiva licencia.
Las sanciones urbanísticas dependen del tipo de infracción, la gravedad y magnitud, y la reiteración o reincidencia de la falta.
Dentro de las sanciones urbanísticas se encuentran las siguientes:
Multas sucesivas.
Sellamiento de obras.
Demolición de obras.
Suspensión de servicios públicos domiciliarios.
Orden de reconstrucción (BIC).
Sellamiento del local.
Suspensión de actos de registro y expedición de certificados de tradición y libertad (Oficina de Registro de Instrumentos Públicos).
Las sanciones urbanísticas dependen del tipo de infracción, la gravedad y magnitud, y la reiteración o reincidencia de la falta.
Dentro de las sanciones urbanísticas se encuentran las siguientes:
Multas sucesivas.
Sellamiento de obras.
Demolición de obras.
Suspensión de servicios públicos domiciliarios.
Orden de reconstrucción (BIC).
Sellamiento del local.
Suspensión de actos de registro y expedición de certificados de tradición y libertad (Oficina de Registro de Instrumentos Públicos).
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